
Tradicional Foro de Consultas
Consulta no:
93741
como defenderme por una denuncia por robo y abuso de confianza
Publicado:
2010-12-02 22:53 desde la IP:
189.141.38.123 |
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Autor:
hfoleon2005_NR
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Fecha de Ingreso: |
Estado de Referencia: Distrito Federal |
muy buenas noches tengan todos y cada uno de los lectores de este foro, antes que nada agradesco la molestia que se tomen para leer este mensaje y agradesco la atencion y asesoria que me puedan brindar.
la situacion es la siguiente, estuve laborando para una empresa al rededor de mes y medio aproximadamente, pero por cuestiones escolares renuncie a la empresa y todo de manera formal
a la quincena siguiente a mi renuncia en mi cuenta bancaria aparecio un deposito que me hizo esta empresa por motivo de honorarios, el cual bien o mal, pensando que era una gratificacion hice uso de el mismo.
un mes despues a este suceso la señorita encargada del area de recursos humanos de dicha empresa se comunica conmigo para decirme que le regresara el dinero que se me fue depositado ya que era dinero que no me correspondia y que ella lo habia depositado por error.
creyendo yo que era mi gratificacion le dije a la señorita que no tenia porque devolverle algo producto de mi trabajo y que era ilogico que un mes despues del deposito se hubiera dado cuenta del supuesto error
asi que despues de tantas insistencias a mi casa, familia y trabajo le dije que estaba bien que se lo iba a dvolver pero poco a poco ya que no tenia ese dinero y pues al parecer no le gusto y me metio una demanda por abuso de confianza y robo.
ya fui a mi primer citatorio y al parecer las cosas van mal para mi ya que el agente del MP me dijo practicamente que era robo y que la unica manera de librarla era que la señorita que me demanda acepte la devolucion del dinero y me asigne el perdon, de lo contrario podria terminar en la carcel.
esta situacion me tiene muy preocupado y no se que hacer, pedi asesoria a un abogado y me dijo que en efecto por cuestiones del MP y los hechos es seguro que me metan a la carcel asi que ya hable con la persona que me demanda pero me dice que no va a aceptar la devolucion de el dinero.
me gustaria que me dijeran que puedo hacer y que tan grave es el asunto.
muchas gracias por su atencion.
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colorado
(Visita mi oficina) |
Fecha de Respuesta:
2010-12-03 21:47 |
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ESTIMADO CONSULTANTE.
Debido a su error de no devolver, un dinero que no le pertenecía, e ahí las consecuencias; y sin lugar a dudas, ahora le costará a Usted más $$$$$$$, de lo que tenía obligación de devolver, o en su caso también, de aclarar la procedencia y deposito en su cuenta del $$$$$"; por los hechos que Usted narra, y en reserva de ello; en mi concepto personal, NO EXISTE NI ROBO NI FRAUDE " por lo que lo acusan; pero para demostrar ello, ante el M.P., debwerá contratar los servicios ddel Abogado penalista de su confianza, para que oportunamnete le proporciones la asesoría legal al respecto, ¿ a menos, que no quiera Usted salir del problema?; pues en razón de ello acuda inmediatamente con su Abogado; y si Usted asi lo desea, en este foro podrá ingresar a los nicks: LIC. ESTRADA; tu amigo abogado; garóvalo, Lic., Velazquez, entre otros; Abogados que gozan de prestifio, ética y conocimientos legales necesarios, para asesorarlo debidamente y OPORTUNAMNETE en la resolución de su asunto.
Saludos Cordiales.
Atte. Lic. Colombres
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tuamigoabogado
(Visita mi oficina) |
Fecha de Respuesta:
2010-12-04 12:11 |
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Distinguido Consultante
Agradezco el gentil comentario del Sr. Lic. Columbres, sobre mi persona, y con mucho respeto considero que dicho profesional puede apoyarle también
En relación a la consulta si el depositante constituyo en su favor un depósito en su cuenta corriente por error, usted no cometió delito alguno, utilice el dinero de buena fe o de mala fe, y el C. Agente del Ministerio Publico, obro incorrectamente al pretenderla hacer de cobrador, por que la Procuraduría no es agencia Privada de cobros y usted puede proceder contra ese servidor publico.
su ex patrón tendrá que acudir a la vía civil a interponer la acción de restitución, hay que recordar que el pago extingue la obligación entre el deudor y el acreedor, debido a que una vez llevado a cabo la relación se termina entre ambos y ya no existe más que reclamar el uno al otro; sin embargo, ocurren situaciones en las cuales el deudor por confusiones que pueden suceder genera el pago con la finalidad de ponerle fin a esa relación, pero en este caso realiza un pago indebido, es decir, pagó a persona equivocada - otra persona que no era el acreedor - o bien pagó de más, o pagó una deuda que no le correspondía, entre tantos otros casos, eso se le denomina pago indebido.
El pago indebido es una figura que se da cuando por error de hecho de derecho una persona paga indebidamente a otra creyendo que con éste tiene una deuda que saldar, dándose en este caso lo siguiente:
Que la persona que recibe el pago indebido lo haga de buena fe - es decir, sin saber que él no era quien debía recibir dicho pago- o bien que esta persona que recibe lo haga de mala fe - a sabiendas de que no debía recibir el pago.
El pago indebido puede realizarse bien sea porque la persona - deudor - se ha equivocado bien sea en entregar el bien en pago - es decir que dio en pago algo que no correspondía - o bien en entregar en demasía un pago - como cuando tenía que pagar determinada cantidad y paga o da más de lo que tenía que dar en realidad - o bien en el caso de que exista confusión con respecto a la persona a la que debía entregar - en vez de pagar al acreedor paga al vecino por ejemplo.
En estos casos, la ley prevé estas situaciones e impone qué es lo que se debe de hacer, y cómo es que la persona que recibió debe actuar frente a esta persona que incurrió en error.
Espero haberle atendido, me pongo a sus ordenes en el caso de que usted tenga alguna duda o comentario, le pido atentamente comunicarse,con su servidor al 044 55 20 66 82 81 o al correo electrónico: tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx tuamigoabogado &y a h o o . com . mx
Atte
Lic Jose Juan Aguilera
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destino verde
(Visita mi oficina) |
Fecha de Respuesta:
2010-12-04 13:01 |
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si el perscutor de delitos obra mal en contra de usted y lo consigna aun Juez y este le gira la orden de aprehension por el delito de abuso de confianza, todo esto lo puede tumbar un profesional en la maeria,pero despues de haber pasado todo este penoso asunto, puede usted , amaparse para que nolo detengan y en la declaracion preparatoria, impuganr dicho auto si el juez no lo absuelbe, ya que como lo menciona un coleg, culopa no es suya, el m.p. que se entrevisto con ud. lo preciona incorrectamente , al adjudicarle un robo , ,, el robo es cuando usted , toma algo ajeno, toma. agarra, etc. y obvio a ud. se lo dieron por equivocaacion es lo que hay qu e demostrar ante el juez penal, lo correcto seria que se le enderezara una demanda civil, pero con el mal proceder del m. p. que se puede esperar, urge que se presente con un profesional en la materia para que le amarre la s manos al m. p. juridicamente.. nose duerma por que le puede llevgar la orden de aprehension..urge que se asesore con un profesional en la materia ya que su libertad pende de un hilo..... 8681633287 .......en la via civil es mas facil y no hay carcel...........DESTINO VERDE.
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Nuestra Columna de Hoy
En relación a la muerte del notario público 103
en relación a la muerte del notario público 103 del distrito federal, lic. armando gálvez pérez aragón, debo decir que no fue asesinato, fue ejecución. a juzgar por la forma en que sucedieron los hechos y que las noticias lo describen así: “el notario fue asesinado de cuatro balazos cuando viajaba en su vehículo en el cruce de las calles presidente masaryk y moliere, colonia polanco, en la delegación miguel hidalgo”. y después describen como y quienes fueron: “detallaron que el análisis de los videos de las cámaras del c4 y establecimientos comerciales de la zona, establece que la agresión la realizó un sujeto que huyó a bordo de una motocicleta, cuyo conductor y cómplice portaban casco de protección”.
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